Devolución de cuotas de trabajadores autónomos
Como ya sabéis, gracias a las últimas novedades legislativas que se han introducido en nuestro ordenamiento, existe la posibilidad de solicitar una prestación extraordinaria por cese de actividad, para todos aquellos autónomos que cumplan con los requisitos establecidos.
Pues bien, la Tesorería General de la Seguridad Social ha comunicado la siguiente información sobre la devolución de cuotas de los trabajadores por cuenta propia, cuyos expedientes de prestación extraordinaria por cese de actividad hayan sido aprobados:
- Durante la segunda quincena del mes de mayo se procederá a devolver las cuotas correspondientes a los días comprendidos entre el 14 y 31 de marzo.
- En caso de que se proceda al cargo de la cuota correspondiente al mes de abril, la cuantía será devuelta durante el mes de junio.
- No es necesario presentar ningún tipo de solicitud ni escrito, es decir, las cuotas se devolverán de oficio.
- La devolución del importe se procederá a realizar en el mismo número de cuenta bancaria en el que se cargó el recibo.
Además de esta medida, existen otras de las que puede verse beneficiado un autónomo, como la moratoria en el pago de arrendamientos.
Esta solicitud es únicamente para trabajadores por cuenta propia, si eres trabajador por cuenta ajena quizás te intereses esta información.