BLOG

RENTA 2024. FECHAS, DEDUCCIONES Y NOVEDADES

Blog  

Como cada año, llega el momento de cumplir con una de las citas fiscales más importantes: la presentación de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio anterior.

   Antes de presentar tu declaración, es fundamental comprobar si estás obligado a hacerlo. Para ello, hay que tener en cuenta algunos factores: 

  • El origen de los ingresos obtenidos durante el año fiscal. Esto incluye salarios, rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario, ganancias patrimoniales o ingresos procedentes de actividades económicas, entre otros.
  • El importe total de los ingresos recibidos por cualquier vía. 

Si resulta que sí tienes que presentar la renta 2024, ten en cuenta: 

  • Los plazos oficiales. Presentar la declaración fuera de tiempo puede conllevar sanciones económicas, cuya cuantía dependerá del grado de retraso.
  • La posibilidad de fraccionar el pago del impuesto en dos plazos, sin que Hacienda aplique intereses ni recargos.

Fechas campaña de la Renta 2024.

Presentar la declaración de la renta por internet  

Del martes 2 de abril hasta lunes 30 de junio de 2025

Elaboración de la renta por teléfono  

Puedes pedir tu cita con la Agencia Tributaria entre el 29 de abril y el 27 de junio. El plazo de presentación es del martes 6 de mayo al lunes 30 de junio de 2025.

Presentar la declaración de la renta en persona

Puedes pedir tu cita en la Agencia Tributaria entre el 29 de mayo y el 27 de junio. El plazo de presentación es entre el lunes 2 al lunes 30 de junio de 2025.

Deducciones autonómicas de la Comunidad Valenciana 2024

Clica en los enlaces para conocer en qué consiste cada tipo de deducción aplicable en la Comunidad Valenciana para la renta 2024: 

Por nacimiento, adopción o acogimiento familiar

Por nacimiento o adopción múltiples

Por nacimiento o adopción de hijos con discapacidad

Por familia numerosa o monoparental

Por las cantidades destinadas a la custodia no ocasional en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil de hijos o acogidos en la modalidad de acogimiento permanente, menores de tres años

Por conciliación del trabajo con la vida familiar

Por contribuyentes con discapacidad, en grado igual o superior al 33 por 100, de edad igual o superior a 65 años

Por ascendientes mayores de 75 años o mayores de 65 años con discapacidad

Por contratar de manera indefinida a personas afiliadas en el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social para el cuidado de personas

Por obtención de rentas derivadas de arrendamientos de vivienda, cuya renta no supere el precio de referencia de los alquileres privados de la Comunitat Valenciana (deducción del arrendador)

Por primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años

Por adquisición de vivienda habitual por personas con discapacidad

Por cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, procedentes de ayudas públicas

Por arrendamiento o pago por la cesión en uso de la vivienda habitual

Por arrendamiento de una vivienda, como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en distinto municipio

Por cantidades invertidas en instalaciones de autoconsumo o de generación de energía eléctrica o térmica a través de fuentes renovables

Por donaciones con finalidad ecológica

Por donaciones de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano

Por donativos para la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano

Por cantidades destinadas por sus titulares a la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano

Por donaciones destinadas al fomento de la Lengua Valenciana

Por donaciones o cesiones de uso o comodatos para otros fines de carácter cultural, científico o deportivo no profesional

Justificación documental de determinadas deducciones autonómicas por donativos o cesiones de uso o comodato

Requisito conjunto para determinadas deducciones autonómicas por donativos o cesiones de uso o comodato

Por contribuyentes con dos o más descendientes

Por el incremento de los costes de la financiación ajena en la inversión de la vivienda habitual

Por cantidades destinadas a la adquisición de material escolar

Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual, efectuadas en el período

Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en 2014 y 2015

Por cantidades destinadas a abonos culturales

Por adquisición de vehículos nuevos pertenecientes a las categorías incluidas en la Orden 5/2020, de 8 de junio

Por inversión en adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación

Por residir habitualmente en un municipio en riesgo de despoblamiento

Por las cantidades satisfechas en tratamientos de fertilidad realizados en clínicas o centros autorizados

Por cantidades satisfechas en determinados gastos de salud

Por cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables

Por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud del Decreto Ley 3/2020, de 10 de abril, a trabajadores y las trabajadoras afectados por un ERTE y a los que han reducido la jornada laboral por conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por la Covid-19

Por donaciones dinerarias dirigidas a financiar programas de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico en el campo del tratamiento y prevención de las infecciones producidas por el Covid-19

Por donaciones para contribuir a la financiación de los gastos ocasionados por la crisis sanitaria producida por la Covid-19

 

Nueva deducción por la DANA en la declaración de la Renta 2024. 

   Una de las principales novedades para la campaña de la Renta 2024 es la incorporación de una deducción específica para los contribuyentes afectados por la DANA  declarada el 29 de octubre de 2024.

   Esta deducción permite desgravar el 100% de los gastos de reparación de la vivienda habitual y de los elementos comunes del inmueble donde esta se encuentre, hasta un límite de 2.000 euros. 

   Para poder aplicarla, es imprescindible que dichos gastos no hayan sido cubiertos por seguros en vigor ni por ayudas públicas.

   Los gastos deducibles deben haberse realizado entre el 29 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025.

Es importante tener en cuenta que no se incluyen en esta deducción:

  • Los importes destinados a la adquisición de enseres domésticos de primera necesidad.
  • Los gastos e inversiones relacionados con la reparación o conservación de inmuebles afectos a actividades económicas.

   Esta medida busca aliviar la carga económica de los afectados, ofreciendo un apoyo fiscal directo sobre los costes personales derivados de los daños sufridos.

   Esta temporada de impuestos puede ser un momento estresante para muchos contribuyentes. Entre recopilar documentos, calcular deducciones y asegurarse de presentar todo correctamente, es fácil cometer errores que pueden resultar costosos

   Para ayudarte a evitar estos problemas, te contamos en un artículo anterior cómo puedes evitarlos.

renta 2024

¿Qué pasa si no se presenta la declaración de la renta a tiempo?

   Cumplir con las obligaciones fiscales es un deber de todos los contribuyentes, y la declaración de la renta no es una excepción. Este trámite es obligatorio y debe realizarse dentro del plazo marcado por el calendario fiscal.

No presentar la declaración en el tiempo establecido —con fecha límite habitual el 30 de junio— puede acarrear sanciones económicas o recargos, cuya gravedad dependerá de varios factores. Entre ellos, se considera si el resultado de la declaración es a ingresar o a devolver, así como el tiempo transcurrido desde el vencimiento del plazo hasta la fecha efectiva de presentación.

Palomares asesores

   En el despacho contamos con especialistas en asesoría fiscal que te podrán ayudar si tienes dudas o necesitas el asesoramiento de un profesional para prevenir posibles complicaciones en el futuro.

   Ponte en contacto: 961 43 37 07 o administracion@palomaresabogados.com

Jennifer Muñoz.

Especialista en Asesoría fiscal y laboral.

Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU

Gobierno de España
RED.es España
Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU