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¿TU NEGOCIO CRECE? SEÑALES DE QUE ES HORA DE PASAR DE AUTÓNOMO A SL

Consejos  

Todo empieza con un autónomo, unos pocos clientes y una gestión sencilla. Y funciona. Pero el negocio crece, las facturas se multiplican, deja de estar claro cuánto queda a final de mes y aparece una pregunta: ¿toca pasar de autónomo a SL?

Conviene aclarar algo desde el principio: no existe una cifra de facturación que marque el momento exacto del cambio, por mucho número redondo que circule por ahí. Lo que sí existen son señales, y aprender a leerlas ayuda a tomar una decisión.

Señales de que ha llegado el momento de plantearse una SL

La primera suele ser la más incómoda: no se tiene claro cuánto se gana de verdad. Gastos personales y del negocio mezclados en la misma cuenta, facturas que llegan a la gestoría a última hora, decisiones tomadas por intuición. Cuando pasa eso, el problema ya no son los impuestos. Es el orden.

Otra señal tiene que ver con lo que se queda Hacienda. El autónomo tributa por IRPF, con una tarifa progresiva: cuanto más beneficio, mayor porcentaje. Si además no hace falta sacar todo ese dinero para vivir y se prefiere reinvertirlo, una sociedad juega con otras reglas.

Luego está el riesgo. Un autónomo responde de sus deudas con todo su patrimonio, el del negocio y el personal. Si ya hay personas contratadas, se trabaja con contratos de importe alto o la actividad puede acabar en alguna reclamación, dormir tranquilo tiene un valor que no sale en ninguna hoja de cálculo.

Y por último, el crecimiento en sí. Un socio que quiere entrar, un inversor interesado en participaciones, clientes grandes que prefieren proveedores con estructura, un banco al que se acude pidiendo financiación. En todos esos casos, una sociedad encaja mejor que la figura individual.

Equipo de trabajo reunido para planificar la estrategia empresarial

Autónomo o SL: diferencias fiscales, legales y de gestión

Cuando se es autónomo, la persona y su negocio son lo mismo a efectos legales y fiscales. Una SL es otra persona jurídica, con patrimonio, cuentas y obligaciones propias. De ahí salen casi todas las diferencias.

  • Responsabilidad. El autónomo responde con todos sus bienes, presentes y futuros. En la SL, los socios responden en principio solo hasta lo aportado a la sociedad. Eso sí, al pedir financiación los bancos suelen exigir avales personales, así que la protección no es absoluta.
  • Impuestos. El autónomo tributa por IRPF según los rendimientos de su actividad y las reglas aplicables a su situación. La SL tributa por el Impuesto sobre Sociedades, cuyos tipos dependen, entre otros factores, de las características de la empresa y del ejercicio fiscal. Además, si el socio retira dinero mediante una nómina o dividendos, puede tener que tributar también en su IRPF. Por eso, antes de decidir, conviene comparar la carga fiscal de ambas opciones con los datos reales del negocio.

En los dos casos, se tributa por el beneficio, nunca por la facturación.

  • Gestión y obligaciones. El autónomo lleva una contabilidad más sencilla. La SL necesita contabilidad completa, libros oficiales, juntas y cuentas anuales que depositar en el Registro Mercantil.
  • Costes. Montar la sociedad tiene gastos de notaría y registro, y mantenerla supone una gestión anual más cara que la de un autónomo.
  • Seguridad Social. No desaparece. Según cada caso, el socio que administra la sociedad sigue cotizando en el régimen de autónomos (autónomo societario).
  • Crecimiento e imagen. La SL permite que entren socios, repartir participaciones, incorporar inversores y, llegado el momento, vender la empresa. También transmite más estructura ante clientes y proveedores.

Por eso decidir solo por los impuestos es el error más habitual. Cada negocio tiene sus particularidades, por lo que las diferencias fiscales y jurídicas deben valorarse según cada situación.

En Palomares Abogados & Asesores podemos estudiar tu caso para ayudarte a determinar si constituir una sociedad limitada es la opción más adecuada.

Cálculo de gastos y revisión de documentación financiera de un negocio

Qué se necesita para crear una sociedad limitada

Constituir una SL implica varios trámites:

  1. Nombre de la sociedad. Se solicita una certificación negativa de denominación social en el Registro Mercantil Central para comprobar que el nombre está disponible.
  2. Estatutos sociales. Se establecen el objeto social, el domicilio, la forma de administración y otras reglas de funcionamiento de la sociedad.
  3. Capital social. Se determina el capital y se realizan las aportaciones correspondientes, en dinero o en bienes.
  4. Escritura pública. Los socios fundadores formalizan la constitución ante notario.
  5. NIF provisional y trámites fiscales iniciales. Se solicita a la Agencia Tributaria y se presentan las declaraciones que correspondan.
  6. Inscripción en el Registro Mercantil. Se inscribe la sociedad en el registro de la provincia de su domicilio.
  7. NIF definitivo y altas correspondientes. Una vez completada la documentación, se obtiene el NIF definitivo y se realizan los trámites fiscales y de Seguridad Social que correspondan.

Sobre el capital social hay algo que conviene conocer. Durante años, el mínimo para constituir una SL fue de 3.000 euros, pero la Ley Crea y Crece permite hacerlo desde tan solo 1 euro.

Eso sí, mientras el capital social y la reserva legal no sumen 3.000 euros, hay dos condiciones: se debe destinar a la reserva legal al menos el 20 % del beneficio hasta alcanzar esa cantidad y, si la sociedad se liquida con un patrimonio insuficiente para pagar sus deudas, los socios responden solidariamente de la diferencia hasta los 3.000 euros.

Por tanto, constituir una SL con un euro es legal, pero conviene valorar si ese capital resulta adecuado para las necesidades del negocio. Puedes consultar las condiciones en la Ley de Sociedades de Capital.

Qué obligaciones tendrás después de constituir la SL

Crear la SL no consiste en cambiar el nombre del negocio y seguir como hasta ahora. Hay que llevar la contabilidad según el Plan General Contable, aprobar las cuentas anuales en junta dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio, depositarlas en el Registro Mercantil y presentar el Impuesto sobre Sociedades, el IVA y las retenciones. Si hay un administrador que cobra, se suma su nómina.

Además queda el traspaso de la actividad: clientes, contratos y bienes que pasan a la sociedad, cada uno con su letra pequeña.

¿Cuándo compensa pasar de autónomo a SL?

No hay una respuesta válida para todos los negocios. Antes de constituir una SL, hay que comprobar cuánto beneficio genera la actividad, cuánto dinero necesita retirar el titular para vivir y qué gastos añadirá la sociedad. También conviene valorar si existen riesgos que aconsejen separar el patrimonio personal del empresarial o si se prevé incorporar socios.

La clave no está en alcanzar una cifra concreta de facturación, sino en analizar la rentabilidad del negocio, riesgos de la actividad, objetivos de crecimiento y necesidades del autónomo.

Equipo de Palomares Abogados y Asesores reunido en una sesión de trabajo

Equipo de asesoría empresarial de Palomares en Picassent.

Asesoramiento para pasar de autónomo a SL

En Palomares Abogados y Asesores estudiamos la situación fiscal y jurídica del negocio para valorar si conviene constituir una sociedad limitada. Si el cambio tiene sentido, te ayudamos con los trámites de constitución y las obligaciones fiscales y contables que vendrán después.

Tomar esta decisión puede generar dudas, especialmente cuando se trata de un negocio que ha ido creciendo poco a poco. Contar con el asesoramiento adecuado ayuda a afrontar el cambio con más seguridad. Nosotros te acompañamos durante todo el proceso, desde la valoración inicial hasta la puesta en marcha de la sociedad.

Si estás considerando este cambio, contacta con nosotros y estudiamos tu caso.
Jennifer Muñoz.
Especialista en asesoría fiscal, laboral y contable.

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