¿Qué ocurre con las vacaciones en caso de ERTE?
A raíz de la nueva situación laboral generada por la crisis del coronavirus, se están produciendo consultas acerca de distintos asuntos, y alguna de ellas es sobre si al encontrarse un trabajador incluido en un ERTE, tendrá afectación en las vacaciones anuales.
En caso de que una empresa realice un ERTE, con suspensión temporal del contrato del trabajador, sigue existiendo una relación laboral, por lo que, existe una vinculación y obligación entre la empresa y el trabajador, y la empresa y la Seguridad Social, aunque en esta última relación puede quedar exonerada la obligación de cotizar.
Por ello, existiendo una relación laboral, pero suspendida, durante el tiempo que dure el ERTE no se generará derecho a vacaciones.
Pero, si el ERTE lleva aparejada la reducción de jornada, no habrá ningún tipo de incidencia en cuanto a la duración de las vacaciones, si bien la retribución durante estos días será proporcional al salario percibido durante el año, es decir, habrá que adecuar la nómina al tiempo efectivo de trabajo, tomando en consideración el tiempo de duración de esta modalidad de ERTE.
En todo caso, tal como establece el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 38.1, las vacaciones serán pactadas mediante convenio colectivo o contrato individual, por lo que, cabe la posibilidad de acordar circunstancias concretas en cuanto al disfrute de las mismas.
Si tiene cualquier tipo de duda acerca de este tipo de asuntos, como son el disfrute de las vacaciones anuales, en Palomares Abogados & Asesores estamos a su disposición para resolver cualquier incidencia.